Protección del menor

Protocolo de Actuación Frente a la Violencia

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Compromiso con la Protección de la Infancia y Adolescencia.

El Club Deportivo Navarro Villoslada dispone de un protocolo de actuación para prevenir y actuar frente a cualquier forma de violencia en la infancia y adolescencia.

Este protocolo cumple con la normativa vigente y tiene como objetivo garantizar un entorno seguro para todos los menores.

FINALIDAD

La finalidad de este protocolo es la protección de NNA (niños, niñas y adolescentes) frente a las diferentes formas de violencia.

Objetivos

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Velar por el cumplimiento de los derechos de la infancia en las actividades del Club Deportivo Navarro Villoslada (CDNV).

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Minimizar situaciones de riesgo que puedan suponer una amenaza de violencia para NNA.

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Elaborar protocolos y procedimientos de prevención y protección de la infancia y adolescencia en el ámbito del CDNV.

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Promover actividades de sensibilización y concienciación sobre derechos de NNA.

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Implantar un sistema de seguimiento para garantizar el cumplimiento de los protocolos.

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Cumplir con lo establecido en la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia.

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Crear entornos seguros de protección y seguridad para la infancia y la adolescencia contra la violencia en el ámbito de actuación del CDNV.

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Promover el buen trato de forma integral para la infancia y la adolescencia.

MODELO DE PROTOCOLO

El protocolo se revisará de forma anual teniendo en cuenta la fecha de publicación. El protocolo deberá contar con el visto bueno de la junta directiva del Club Deportivo Navarro Villoslada.

Compromisos

Esta entidad se compromete a trabajar en la construcción de entornos seguros y de buen trato hacia los NNA que forman parte de ella.

En particular, se compromete a trabajar en la prevención de comportamientos constitutivos de violencia, tratando de evitar su aparición y afrontando las denuncias y las quejas que puedan producirse, y asume los siguientes compromisos:

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Fomentar la participación de los NNA en todos los aspectos de su formación y desarrollo integral.

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Programar y diseñar las actividades deportivas y de ocio que se desarrollen en el CDNV, sobre la base del respeto a los derechos y libertades de las
personas menores, incluida la diversidad sexual y de género, la igualdad, no discriminación y prohibición de todo tipo de violencia.

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Difundir y aplicar el protocolo de actuación establecido.

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Informar a las autoridades competentes cuando se den casos de violencia constitutivos de delito.

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Garantizar que el personal que preste sus servicios esté en posesión del certificado de ausencia de delitos sexuales de acuerdo con lo establecido en la normativa aplicable.

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Impulsar formación especializada inicial y continua en materia de derechos fundamentales de la infancia y la adolescencia a los y las profesionales que tengan un contacto habitual con las personas menores de edad.

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Resolver con celeridad y eficacia las solicitudes de ayuda presentadas en la entidad.

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Adoptar medidas de protección hacia las víctimas o terceras personas que hayan informado acerca de cualquier conducta violenta.

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Garantizar la confidencialidad y la adecuada custodia de la documentación relacionada con un posible caso, según lo dispuesto en la normativa sobre protección de datos personales. (Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre).

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Implantar un sistema de monitorización para asegurar el cumplimiento de los protocolos anteriores en relación con la protección de las personas menores de edad.

AMBITO DE APLICACIÓN

El presente protocolo es aplicable a toda la actividad, interna y externa, desarrollada el CDNV, así como a todas las personas que forman parte de este: deportistas, personal directivo, técnico y de administración y servicios, con independencia del tipo de vinculación, relación laboral o tipología de contrato que mantengan con la entidad.

Actuaciones de prevención de análisis de riesgos

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Nombrar y difundir dentro de la entidad, la figura y las funciones del delegado/a de Protección.

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Elaborar y difundir el protocolo a todos los estamentos de la entidad (familias, cuerpo técnico, deportistas). Exposición breve de lo que se entiende por violencia, medios que disponen para poner en conocimiento la misma y actuar contra ésta, identificando a toda la figura del delegado/a de Protección y las formas de contacto con éste/a.

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Publicar el protocolo en las páginas web y redes sociales de la entidad.

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Realizar formación especializada, inicial y continua en materia de derechos fundamentales de la infancia y la adolescencia a los y las profesionales que
tengan un contacto habitual con las personas menores de edad, según el artículo 5 de la LOPIVI.

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Otras actuaciones propias que la entidad considere oportunas.

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Analizar los riesgos o las situaciones potenciales de peligro de sufrir daño o violencia: Consiste en analizar situaciones y evitar conductas que pudiendo ser inadecuadas no llegan a ser constitutivas de supuestos de violencia, pero si pueden ser susceptibles de ser malinterpretadas o suponen en sí mismas riesgos potenciales. O cualquier otra que desde el sentido común pueda ser susceptible de generar incomodidad, malestar o angustia al menor.

SITUACIÓN DE RIESGO ACCIONES PREVENTIVAS
Reuniones No llevar a cabo entrevistas con menores en espacios cerrados o a solas.
Desplazamientos No realizar desplazamientos en vehículos privados a solas con el/la menor.
Redes sociales (RRSS) No utilizar las RRSS para comunicarse con las y los menores.
Vestuarios Respetar los momentos en los que los NNA se están cambiando en los vestuarios.
Contacto físico Evitar contacto físico innecesario y no invadir la intimidad corporal y psicológica.
Comunicaciones

No emplear lenguaje inadecuado (soez, sexista, irónico…).

Evitar bromas, comentarios y juegos con connotaciones o carácter sexual.

 

Actuaciones de intervención

Cualquier persona que sea víctima de violencia, o cualquier persona que tenga conocimiento de estas situaciones, podrá solicitar ayuda verbalmente o por escrito, poniéndose en contacto con el/la delegado/a de protección.

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El/la delegado/a de protección iniciará el procedimiento en el plazo máximo de tres días hábiles desde la recepción de la solicitud de ayuda. El procedimiento formal requiere la presentación por escrito de la solicitud. El/la delegado/a de protección notificará a la persona sobre la que versa la reclamación y la conducta ofensiva que se le imputa.

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El/la delegado/a de protección, respetando el derecho a la intimidad y a la dignidad de todas las personas implicadas, celebrará una reunión con cada una de las partes, así como con posibles testigos, para recabar toda la información sobre los hechos acaecidos.

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Ante situaciones de casos leves se intentará la resolución del conflicto a través de la mediación.

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El/la delegado/a de Protección propondrá al órgano competente de la entidad la adopción de las medidas cautelares que estime oportuna teniendo en cuenta la gravedad de la acusación. En ningún caso las medidas adoptadas podrán suponer un perjuicio de las condiciones en las que la presunta víctima desarrolla la actividad deportiva o de ocio.

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El/la delegado/a de protección elaborará un informe con las conclusiones alcanzadas, que será elevado al órgano competente de la entidad para que, si procede, realice las pertinentes actuaciones.

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Algunas de las situaciones recogidas en el presente protocolo están tipificadas como delito en el Código Penal, debiendo informar a la persona denunciante de la posibilidad de acudir al Ministerio Fiscal. En este caso, el presente procedimiento se pondrá en marcha como una más de las posibles acciones que pueden interponerse al efecto ante cualquier instancia administrativa o judicial.

¿Necesitas ayuda o más información?

Consulta o descarga los documentos relacionados con el protocolo de actuación frente a la violencia.

El club garantiza la confidencialidad de la información y la protección de todas las personas implicadas.